lunes, 4 de febrero de 2019

DESCENSO DE LA CRUZ

Copia del "Descenso de la cruz de Jesucristo de Caravaggio", Primer ensayo en pápiz de color de una imagen compleja.

EL DESCENSO DE LA CRUZ
TECNICA: Lápiz de grafito color
34cm. X 48cm.
FECHA: Julio de 2011
AUTOR. Mtro. Ps. Alejandro Fabela Alquicira



CÓDIGOS DELINCUENCIALES


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CODIGOS DELINCUENCIALES

MTRO. PS. ALEJANDRO FABELA ALQUICIRA
C.P.R.S. Ecatepec
jaliscoafa@yahoo. com.mx

La conversación con una criminóloga motiva de nuevo el retomar una vieja discusión con respecto al trabajo que he realizado en los reclusorios. Dicho dialogo se puede dividir en dos partes. La primera consiste en su extrañeza y pregunta sobre un caso. Que pudo ocurrir o que le pasaba al interno, quien cometió un homicidio, en la persona de su novia. Cuando ella entrevista el caso afirmaba que observaba tendencias suicidas en dicho sujeto, lo cual nadie creyó. Tiempo después supo que efectivamente el entrevistado se había quitado la vida, ahorcándose dentro del penal. Le llamaba la atención, el hecho ocurrido, pues dicha persona había tejido una cinta larga, con la cual se había ahorcado. El en la reclusión efectivamente se dedicaba al tejido de diversas artesanías. Una parte adicional era con respecto al delito de la persona privada de su libertad. Había matado a una joven mujer, su novia. Después de haberla acribillado con un arma blanca, la había dejado muerta. Posteriormente retoma el cadáver y lo despedaza, dando de nuevo un receso. Ella suponía, aunque no lo dice así, la criminóloga, que había sentimientos de culpa, que se reactivaban y por ello continuaba ejecutando diversos actos con el cadáver de su novia. Acto seguido, después de corto tiempo, le prende fuego al cadáver despedazado. En dichos actos ella percibía los sentimientos de culpa, que cree provocaron a fin de cuentas el suicidio.
La segunda parte del dialogo involucra otro caso. Ella se muestra sorprendida por la capacidad intelectual de otro interno, el cual compurgaba una sentencia por delitos contra la salud. Próxima la compurga de la sentencia, le preguntaba lo que haría al salir. La respuesta del sujeto fue que no le preocupaba. Cuando se involucró en la producción y tráfico y venta de drogas, había sido previsor. Había guardado dinero o lo había invertido en negocios lícitos, además de haber comprado un rancho de dimensiones considerables. Por ellos al salir se dedicaría a vivir en su rancho y de los negocios realizados. Sin gran instrucción escolarizada y de extracción campesina, le impresionaba la capacidad de organización, planeando y anticipando de manera excelente, lo que sería su vida a futuro, al ser externado del reclusorio. Efectivamente no necesitaría seguir delinquiendo ni tendría problemas económicos. Cuestión que muchos profesionistas no son capaces de hacer. Resultando tal vez menos inteligentes que dicho delincuente.
¿En qué consiste lo sorprendente de los casos involucrados? Puede ser en el primer caso de extrañeza, pero en el segundo se podría pensar que es de admiración. La primer reacción es por la ignorancia o desconocimiento de lo descubierto, sin aún llegar a la explicación de lo observado o escuchado. Con respecto a la segunda reacción, surgía la pregunta Por muy elaborado que sea el delito ¿hay algo que sea digno de admiración en la conducta delictiva? Con una psicóloga había ocurrido algo similar. ella afirmaba que había que considerar a algunos de los delincuentes, pues dada su capacidad para hacer cosas, organizar, planear y anticipar, que no había que considerarlos como delincuentes, sino como “grandes y exitosos empresarios”. Postura que defendía con encono. Extensivo a ambos casos, mencionadas por la criminóloga y la psicóloga, se les refutaba que a fin de cuentas eran delincuentes y habían tenido una conducta delictiva. Se les cuestionaba entonces ¿Cómo se les puede admirar?
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De una manera diferente, se enfrenta a un sujeto en reclusión, quien afirmaba ser un padre ejemplar, un “buen padre”. Ates de ingresar a la cárcel había dado carrera universitaria a sus hijos, varios, había dejado un rancho, cuentas bancarias, para que la familia no padeciera problemas económicos; casa de dos pisos y vehículos último modelo. Su trabajo delictivo lo había producido y de lo cual estaba orgulloso. La confrontación fue el cuestionar no lo que tenía sino el origen de lo que poseía. Indirectamente su actividad en el tráfico de drogas había provocado muertes de usuarios de drogas o de sujetos que competían contra el dentro de su actividad ilícita. Tal vez dejando muchas viudas y huérfanos. Lo cual él decía no era su responsabilidad, ya que no era problema de él que se hubieran enfermado de drogadicción y no hubieran buscado su rehabilitación. Pues él nunca les dio la droga y ellos si fueron voluntariamente a adquirirla y consumirla. Po ello él se deslindaba de toda responsabilidad y decía tener en “paz” su conciencia. Con esto le señalaba, que ello no era ser un “buen padre”, sino ser un sirvengüenza sin conciencia moral.
Esto llega a la queja constante de los internos por la corrupción que se da con ellos y con sus familiares. Por ello en una sesión grupal, se concluía por los internos que los custodios son unas personas de lo más indignas por corruptos. Sin considera, lo que implica la corrupción. Para que esta se debe haber al menos dos involucrados. El mismo interno o sus familiares. Uno porque pide y el otro porque da. Uno por que lo favorece y el otro porque se involucra. De este modo, se les decía en el grupo, que no deben calificar de indignos a los custodios, porque ello implica un insulto, pero no solo para los custodios, sino también para ellos y sus propios familiares. De lo contrario habría que preguntar ¿Por qué el custodio es indigno y ellos no?
Por último el discurso entre un servidor y la criminóloga retrae a la memoria otro sesión grupal. En ella se discutía la justicia y la injusticia por su reclusión. Cuando aceptan que en realidad no hay injusticia porque efectivamente se involucraron en un delito, cambia su planteamiento. Piensan que la justicia fue demasiado rigurosa con ellos. Sobre lo cual se les señalaba, que la justicia no va de acuerdo a lo que uno quiere, sino a lo que se establece en nuestra sociedad o cultura. Esto da pauta al análisis de varios casos. El primero, con respecto a que un sujeto es llevado a prisión por tener un cigarro de marihuana de aproximadamente tres centímetros de longitud. A ellos se les olvidaba que la ley no contempla el tamaño de la droga que posee, sino el que la posean. Por esto están bien sentenciados. Como segunda opción, desde la justicia, porque aceptan ser castigados porque se les encontró un paquete de marihuana. Ya que ellos quieren que las cosas se hagan con justicia, porque no piden la sentencia de acuerdo a lo que se han fumado en su vida. Tiempo que en el más joven implica diez años de consumo de la droga, teniendo en promedio la mayoría de los internos más de treinta años de edad. De esta manera sentenciarlos por la cantidad de droga usada, implicaría una cadena perpetua tal vez. Planteamiento que por supuesto no les agrado. Otro caso de interés fue el interno que defiende la sentencia que su amigo recibió, cinco años de cárcel. Se le confronta con la defensa que hace de la justicia, hasta que se accede a llevarla acabó. Su amigo tal vez la tiene bien merecida, después de todo si se le vincula con las pastillas psicotrópicas que traían. Pero el interés no radica en esto, sino como se dio el delito. El amigo circulando por la ciudad lo encuentra en la calle. Como buen amigo le ofrece llevarlo a su destino, lo cual es aceptado. En un retén policiaco son detenidos. El policía pregunta de ¿quién es el paquete que estaba en el asiento trasero? Sin pensarlo mucho, el verdadero dueño levanta las manos y dice que no es de él. El policía pregunta ahora ¿de quién es el vehículo en que
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circulaban? Mío, afirma nuestro interno, dueño del coche. Pues bien, entonces el paquete es de él. Como efectivamente contenía pastillas psicotrópicas, es sentencia a cinco años por delitos contra la salud. De esta manera su amigo queda como cómplice por ir en el mismo vehículo; quedando este con una sentencia similar. Ya que su preocupación es la justicia o injusticia, se le propone hacer la justicia en la sesión grupal. El dueño del coche se queda con cinco años de cárcel, después de todo es una sentencia corta. Pero en cambio, al dueño del paquete, se le propone triplicar la sentencia por no avisarle a su amigo lo que llevaba. Situación que no le agrada a nuestro interno. Al dueño del coche se le cuestiona ¿porque no hizo efectiva la ley entre delincuentes? Si alguien te perjudica hay que matarlo en la cárcel. Nuestro interno dice que no, porque es un buen amigo. Dándole la confirmación de ello, que en realidad él es buen amigo, pues le perdonó la vida y no le aplica la ley entre delincuentes. Pero confrontando al dueño del paquete, se le señala que en cambio, a él se le triplicaría la sentencia para que haya justicia. Pero que además no sería dicha sentencia por el solo hecho de ser delincuente, sino en realidad por ser “mal” amigo.
Con respecto a la escasa o deformada valoración de los más altos ideales de la naturaleza humana, señalados por nuestra cultura civilización, Freud (1929), en su texto “El malestar en la cultura” cita lo siguiente
“…poder, éxito, riqueza es lo que pretenden para sí y lo que admiran en otros, menospreciando los verdaderos valores de la vida… hay hombres a quienes no les es denegada la veneración de sus contemporáneos, a pesar de que su grandeza descansa en cualidades y logros totalmente ajenos a las metas e ideales de las multitudes” (pág. 65).
Es por esto que el delincuente distorsiona la consideración de los valores humanos, moral y socialmente maximizados, pero no asumidos.. es la forma de buscar mantener la primicia de sus pulsiones primitivas no domeñadas. ¿Pero en los técnicos, que ocurre? Si pensamos en ellos en una cuestión de tratamiento, indudable que nos enfrentamos en un proceso contratransferencial. De ahí la admiración con respecto a la productividad intelectual de los criminales. Por esto se les podía ver como inteligentes e incluso “ejecutivos de alto rango”. Cabe señalar, que la psicóloga que decía lo último señalado, algún día decía: sic. “Como extraño el solecito y el aire libre que respiraba”, cuando era comerciante en un “tinguis” de la colonia donde vivía; y actividad que desarrollaba mientras estudiaba y no tuvo trabajo en reclusorios.
Analizando lo anterior, es por ello que surge el interés cuando se encuentra, en la lectura el texto de Cicerón1, la cita siguiente:
“…es tanta su fuerza, que ni aun los que se alimentan de robos o maldades pueden subsistir sin alguna parte de justicia. Porque el que quita o defrauda algo a los mismos que le acompañan en los robos, éste ni aún en el latrocinio se hace lugar. El capitán de corsarios, si no reparte con igualdad la presa entre sus compañeros, o le matan o lo dejan; pues tienen también sus leyes los ladrones que guardan y obedecen. Por haber repartido con tanta fidelidad sus robos Barditis, famoso ladrón de Iliria (de quien hace mención Teopompo) vino a poseer inmensa s riquezas…” (pág. 55).
1 Marco Tulio Cicerón. 1984. Los oficios o los deberes de la vejez-de la amistad. 5ª ed. Porrúa“Sepan cuentos…” Núm. 230
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Llama la atención ese “…tienen… sus leyes los ladrones que guardan y obedecen…”, en razón de la vida carcelaría. Decía un interno sic. “es que hay cosas que ustedes los técnicos no deben saber, de lo que ocurre en población y que nosotros debemos de respetar”. A lo cual se le respondía, pero, y es usted quien dice que va a cambiar. Su forma de pensar es importante, porque en realidad refiere al mantenimiento de su conducta. Dando una imagen diferente de lo que es hacia un técnico penitenciario. ¿Pues no que quería cambiar? Lo que se puede observar es que no hay tal cambio y por lo mismo como área técnica, no se puede o se debe hacer una propuesta favorable para que sea externado de manera anticipada. Por si no fuera suficiente, también hay que reconsiderar, que se establecen secretos entre la población o entre internos. Pero, quien se adhiere a esa postura, está faltando en tratamiento psicológico, en especial de tipo psicoanalítico, está faltando al seguimiento de la regla de la asociación libre2 y con ello se puede considerar que hay falta en el seguimiento de instrucciones. Esto en tratamiento implicaría que no puede ser preliberado, porque no hay sustento en los cambios como sujeto. Por último, si por ello se mantiene la misma conducta que se tenía al ingresar a la institución y fuera de ella, solo puede significar que se mantiene su comportamiento. La consecuencia de esto sería la misma, la conducta inadecuada, el incumplimiento de las normas y la conducta delictiva. Con todo esto, el externamiento anticipado no es viable. Enfatizando la importancia y lo inadecuado del planteamiento del interno, se le cuestiona ¿y que es de lo que los técnicos no deben enterarse? Acaso no será de las agresiones, robos, extorsiones, consumo de drogas, violaciones o vejaciones que se dan entre la población del reclusorio. Se oculta lo que es “secreto a voces” pues todos, incluso los técnicos ya lo saben. En realidad se juega con una fantasía de que no se sabe la verdad, que la represión de su inconsciente trata de evitar el conocimiento de lo mismo. Su desinterés por el cambio y el lograr sin ese cambio el externamiento de la institución. Dirían lo mismos internos, de “ganarle a las áreas”. Situación que refiere a su vivencia personal pasada, en la cual siempre buscaron la transgresión de los límites y normas establecidas, en ese entonces impuestas por los padres o sus subrogados. Que se ha mantenido como adultos y en la misma reclusión. El “código delincuencial” es una repetición de esa conducta. Que aunque se diga “no se puede o no se debe”, el sujeto busca la manera de “poder hacerlo”. Agregando a esto el “secreto y la transgresión”. En lo personal, es de interés l inconsciente que se oculta. Todo lo señalado es lo manifiesto, que puede ser verbalizado, pero no lo latente3, que es necesario extraer a través del tratamiento analítico.
Cicerón afirma “El capitán de corsarios, si no reparte con igualdad la presa entre sus compañeros, o le matan o lo dejan…” actitud que se vuelve peligrosa para la integridad personal de los involucrados. En el “código delincuencial” esto es lo que se refiere a la justicia. ¿Pero hay justicia en repartirse lo “mal habido” que genero consecuencias
2 Cuando Sigmund Freud explicaba la regla de la asociación libre y las implicaciones de esta, señalaba que no puede omitirse ni por conveniencia personal o de otro tipo, el apego estricto a dicha regla. De hacerlo así, habrá un lugar que será utilizado por el inconsciente para ocultarse. La conciencia ve la conveniencia de guardare alguna aosicación, pero el inconsciente lo aprovecha para reprimir contenidos , deseos o etcétera.
3 Freud, S. (1900). Obras completas: La interpretación de los sueños. (José Luis Etcheverry, trad.). Buenos Aires. Amorrortu. vol. 4 y 5. Freud, S. (1926). Obras completas: ¿Pueden los legos ejercer el análisis? (José Luis Etchevery, trad.). Buenos Aires. Amorrortu. vol. 20. Freud, S. (1901). Obras completas: Psicopatología de la vida cotidiana (Sobre el olvido, los deslices en el habla, el trastocar las cosas confundido, la superstición y el error). (José Luis Etcheverry, trad.). Buenos Aires. Amorrortu. vol.6.
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peligrosas o difíciles a terceras personas? En esa justicia entre delincuentes, se olvida la procedencia y se parcializa el acto. Lo cual desde la psicología clínica implica la justificación o la racionalización; e incluso como en el caso de Cicerón la intelectualización. Siendo a fin de cuentas mecanismo de defensa4. Para esto no hay que olvidar que el mecanismo de defensa siempre es contra la angustia5. Esto implicán que aunque se habla de justicia se tiene la idea de que no hay tal. La justicia como concepto ético implicaría el bien de los demás, como lo señala Cicerón. La justicia debe implicar el bien de los demás. La justicia de los ladrones no es tal y en todo caso debería tener otra denominación pero no justicia. Tal vez solo repartición equitativa de los “mal habido”. De lo contrario se caería en el argumento de un interno, quien se dice “buen” padre, porque antes de su reclusión dejo coche, casa y cuentas en el banco para su familia; además de haber pagado la universidad particular de sus hijos. Pero el no considera que para hacer eso el cometió ilícitos en relación al tráfico de drogas, con lo cual favoreció la muerte de más de una persona por consumo de drogas, dejando viudas a esposas o concubina y en la orfandad a más de un niño. Su ser “buen padre” descansaba sobre un cerro de cadáveres. El interno justificaba su proceder de que él no obligo a nadie a comprar o consumir las drogas. Tal justificación cabría dentro de lo que Freud decía: que lo más costoso en la vida es la enfermedad mental y la estupidez humana.
Cicerón comenta, que “…tienen también sus leyes los ladrones que guardan y obedecen…”, y no solo como delincuentes, como en el caso del evento que se realiza en un módulo de alta seguridad, por la peligrosidad de los recluidos en el mismo; pero cantando con entusiasmo el Himno Nacional, en posición correcta de firmes y con la disposición patriótica. Son buenos mexicanos. Pocos son los que se niegan a participar en dicho evento. Sujetos que de antemano se han dedicado parte de su vida a la transgresión y la oposición hacia lo que estaría representado por el Himno Nacional, las figuras de autoridad o los derivados de las imagos paternas. Ello sería representativo de la ambivalencia de los internos hacia las figuras paternas o de autoridad. Por ello los internos refieren que cuando están en la cárcel pueden reconciliarse con esos padres con los cuales en algún momento de la vida tuvieron severos conflictos. Dentro de ellos incluso hubo golpes o cuando menos insultos. ¿Por qué si en ellos existe tan serio conflicto con la autoridad, pueden cantar el Himno Nacional? Debe ser motivado ese entusiasmo en relación a dos características la existencia de caracteres obsesivos y el placer de dedicarse al canto. No hay que olvidar que el canto es una actividad lúdica. En cuanto a la existencia del Superyo, este esta presente para la búsqueda de control, de la conducta y las emociones, así como del manejo del pensamiento, mediante la organización, con planeación y anticipación, como en el uso de los mecanismos defensivos de intelectualización y racionalización.
En sesión grupal, se pudo abordar también el tema de la reclusión, la cual en pocas palabras equivale a que esta debe ser como a los internos les conviene. Así uno de estos internos, constante y tenaz defensor de la misma. Considera que en su sentencia todo fue injusto, cinco años de cárcel por delito federal relacionado con delitos contra la salud; él y su coacusado llevaban un paquete de psicotrópicos, en el vehículo en que fueron detenidos.
4 Freud, A. (2006). El Yo y los mecanismos de defensa. (P. de Carcamo y C. E. Carcamo, trads.). Buenos Aires. Paidos. Biblioteca del hombre contemporáneo. 82.
5 Freud, S. (1926 [1925]). Obras completas: Inhibición, síntoma y angustia. (José Luis Etcheverry, trad.). Buenos Aires. Amorrortu. vol.12. Freud, A. (2006). El Yo y los mecanismos de defensa. (P. de Carcamo y C. E. Carcamo, trads.). Buenos Aires. Paidos. Biblioteca del hombre contemporáneo. 82.
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En una revisión de rutina, interceptados por un retén policiaco, preguntan ¿de quién es el paquete que se encontraba en asiento trasero? Sin perder el tiempo, el interno dice que no es de él, levantando ambos brazos, para reafirmar que él no es el propietario. De esta manera se adjudica la propiedad del paquete a su coacusado, después de todo él era el dueño del vehículo. Al comprobarse que eran psicotrópico. Son sentenciados y recluido en el C.P.R.S. Tlalnepantla. Profundizando el conocimiento del caso, del dueño del coche no era el paquete, lo cual es creíble. El encontró el día de la detención a su amigo en la calle; le ofrece llevarlo a donde vaya y le permite el acceso a su vehículo. Dicho amigo llevaba el paquete, pero no le dijo el contenido y el dueño del carro pregunto que llevaba. De esta manera, por una parte si es injusta la sentencia para el dueño del auto, después de todo él no sabía que llevaba las drogas. Por otra parte no es injusta, pues efectivamente estaba en su vehículo las sustancias prohibidas y la Ley dice: que la ignorancia no exime la responsabilidad. Él es responsable de las drogas o cómplice de su amigo que subió las drogas. Ante ello se le cuestiona, de ¿Por qué no le hizo algo a su amigo, si por su culpa él fue recluido? A lo que responde, que es algo que ya paso y además es un buen amigo. O ¿acaso hay que “cachear” a todo amigo que se sube a su vehículo primero o negarle el acceso al mismo en caso de relacionarse con un ilícito? Parece que la respuesta a ello es afirmativa. En casos de violación de menores, el delincuente suele ser frecuente que se defienda porque no sabía la edad de la menor, que se le insinuó y acepto voluntariamente la relación sexual. Pero en ellos también aplicaría la sentencia de que la ignorancia no exime la responsabilidad. ¿Entonces, un interno preguntaba irónicamente si tendría entonces que pedir primero el comprobante de su edad? A los cual se le contesta de la misma manera que sí, o cuando menos pedirle la credencial del INE, que justifica la edad de diez y ocho años y con ello la mayoría de edad.
Continuando el relato de los internos del delito contra la salud, el amigo dice que efectivamente, su encarcelamiento es injusto, al igual que su sentencia. Ante ello y a fin de confrontar su forma de pensar, se le reconfirma que en realidad si existió la injusticia, pero no como el l plantea. En realidad el dueño del vehículo se merece los cinco años de cárcel por confiar en sus amigos y no saber la clase de amigos que tiene; así como no tener la precaución de revisar a los que sube a su auto. Y el amigo no solo se merece los cinco años de cárcel, sino en realidad, haciendo justicia, debería tener como mínimo el triple de sentencia, quince años, no por delincuente sino por ser “mal” amigo. Porque no le comunico al otro lo que traía y que el decidiera si se arriesgaba o no. Enfatizando la confrontación se le resumía la interpretación que lo justo sería, el dueño del vehículo cinco años de prisión por tener un “mal” amigo y a este quince años de cárcel por se “mal” amigo, más que por delincuente. Confrontación que tuvo adecuado efecto sobre de ellos.
Desde otro punto de vista, en casos diferentes de farmacodependientes se retoma la justicia. Ellos pelean la cantidad de drogas que tenían en su poder, porque así lo marca la Ley. Pero en la vida sería una injusticia, pues la droga con la que fueron detenidos no fue la única que tuvieron en su poder. En el grupo, en el cual se trabajó esto, quien menos años de consumidor de drogas tenía, era de quince o veinte años. Si ellos buscan o pelean la justicia de la vida, porque no relaman que su sentencia sea acorde a la droga que han tenido en sus manos y que han consumido. N les convendría, irónicamente se les decía, porque entonces tendrían cadena perpetúa.

MTRO. PS. ALEJANDRO FABELA ALQUICIRA
C.P.R.S. Ecatepec
jaliscoafa@yahoo. com.mx